Horas extras: qué son y como se calculan

Laboral
ESCRITO POR Raquel Pujabet i Solanich
03 Jun, 2024 — 3 min
Horas extras: qué son y como se calculan

Las horas extraordinarias son aquellas horas de trabajo que se realizan más allá de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. Se desarrollan, por tanto, fuera de la jornada laboral pactada con el trabajador, y deben utilizarse siempre dentro de unos límites legales, definidos en el Estatuto de los Trabajadores.

En concreto, el artículo 35 ET asegura que tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual.

Existen distintos tipos de horas extra: las comunes, las estructurales o las de fuerza mayor.

  • Las horas extraordinarias comunes no se deben a una causa específica y tienen que ver con el mero interés o conveniencia de la empresa. Salvo que el convenio colectivo o el contrato de trabajo individual estipule lo contrario, el empleado podrá voluntariamente aceptarlas o rechazarlas. Así, cuando se pacta que las horas extras son obligatorias, su realización será tan imperativa como la de las horas ordinarias. Eso sí, cada trabajador deberá aceptar individualmente esta circunstancia.
  • Las horas extraordinarias estructurales son las necesarias por pedidos imprevistos, periodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural relacionadas con la naturaleza de la actividad de la empresa, siempre que no se puedan sustituir recurriendo a los distintos tipos de contratación. Se definen en cada convenio colectivo y son voluntarias, salvo convenio colectivo o pacto en contrario.
  • Las horas extraordinarias por fuerza mayor son las que se efectúan para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Por ejemplo, una avería, un incendio, un derrumbe, etc. Por su naturaleza, son obligatorias para los trabajadores.

 

¿Cómo se pagan las horas extras?

El Estatuto de los Trabajadores nos dice que se podrá optar entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije (que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria) o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. 

En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los 4 meses siguientes a su realización. 

Si te preguntas cómo se pagan las horas extra en caso de compensarse económicamente, en ausencia de pacto, éstas deberán abonarse en el plazo de los 4 meses siguientes a su realización. Además, ten en cuenta que, si se realizan en festivo, valdrán al menos un 75 % más que una hora ordinaria.

 

¿Quiénes pueden realizar horas extraordinarias?

En general, cualquier trabajador mayor de 18 años contratado a tiempo completo puede realizar horas extras.

Sin embargo, existen algunas excepciones:

- Los trabajadores menores de 18 años, los trabajadores con jornada nocturna, los empleados en contrato de formación, las personas contratadas a tiempo parcial.

- O los trabajadores en situación de ERTE con reducción de jornada son los casos más frecuentes, salvo causa de fuerza mayor.

¿Cuántas horas extras se pueden hacer al año?

Las horas extraordinarias máximas que puede realizar un trabajador son 80 al año (el estatuto de los trabajadores no menciona un máximo de horas extra al mes), sin tener en cuenta para este cómputo las horas extraordinarias por fuerza mayor. Tampoco contarán las horas extra compensadas mediante descanso de los 4 meses siguientes a su realización.

Un punto importante es la carga de la prueba acerca de la realización de horas extra en caso de conflicto con un trabajador. Ten en cuenta que será la empresa la que deba demostrar la realidad o no de las horas extraordinarias desempeñadas por un empleado en caso de que su realización se corresponda con una jornada habitual extraordinaria. 

El registro horario es clave para poder demostrar que las horas extra reclamadas por el trabajador no se han realizado, en caso de que sea así. La jurisprudencia laboral reciente coincide cada vez con más frecuencia en que las horas extras se presumen realizadas si la empresa carece de registro de jornada.

¿Cuántas horas extras se pueden hacer al mes? 

No existe un número máximo de horas extra que puedan realizarse al mes, al menos si nos ceñimos al contenido del Estatuto de los Trabajadores. Lo que sí se menciona en esta norma es que se podrá realizar un máximo de 80 horas extraordinarias al año, sin contar con las horas extra por fuerza mayor o las compensadas mediante descanso dentro de los 4 meses posteriores a su realización. 

En cualquier caso, habrá que respetar los márgenes de descanso legalmente establecidos (por ejemplo, las 12 horas de descanso entre jornadas), con excepción de las horas extra por causa mayor. 

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