El concepto de deudor de buena fe en los procedimientos concursales

Segunda oportunidad
ESCRITO POR Núria Torrades i Jorba
14 Jul, 2026
El concepto de deudor de buena fe en los procedimientos concursales

¿Qué es un deudor de buena fe en un procedimiento concursal?

Uno de los requisitos esenciales para que una persona pueda obtener la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), prevista en el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad, es tener la consideración de deudor de buena fe. Aunque este concepto ha sido objeto de debate durante años, la reforma de la normativa concursal y la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo han concretado su alcance, estableciendo criterios más objetivos para determinar cuándo un deudor puede acceder a la exoneración de sus deudas.

Uno de los requisitos clave para que al deudor se le pueda conceder la Exoneración de sus deudas (EPI) es el cumplimiento del requisito de la buena fe.

¿Cómo se interpretaba la buena fe antes de la reforma de 2022?

Antes de la reforma legislativa de 2022, la buena fe se interpretaba como un concepto amplio y flexible. Es decir, el juez valoraba mayoritariamente el comportamiento global del deudor y se hablaba de "mala fe" únicamente en casos especialmente flagrantes, como la ocultación patrimonial, pero siempre según el criterio de cada juez, lo que generaba una situación de inseguridad jurídica.

No obstante, con la reforma de 2022 se pretendía incorporar una interpretación más concreta, tasada y objetiva mediante la redacción del artículo 487 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Sin embargo, la mayoría de los jueces continuaron aplicando criterios marcadamente subjetivos, manteniendo esta inseguridad jurídica.

¿Qué cambia con la reforma de 2022 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo?

Este año 2026, concretamente el 18 de febrero, la Sala Primera del Tribunal Supremo dictó diversas sentencias que concretan algunos conceptos determinantes en los procedimientos concursales de persona física, con el objetivo de unificar criterios.

En relación con la buena fe, el Tribunal Supremo establece que esta debe analizarse exclusivamente a través de las causas de exclusión previstas en el artículo 487.1 del TRLC, que recoge los supuestos en los que el deudor no puede obtener la exoneración.

¿Cómo determina el Tribunal Supremo si un deudor es de buena fe?

De acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo:

  • debe comprobarse si concurre alguna de las causas de exclusión del artículo 487.1 del TRLC;
  • si existe alguna causa de exclusión, el deudor no podrá acceder a la exoneración;
  • si no concurre ninguna causa de exclusión, el deudor debe ser considerado deudor de buena fe y, por tanto, podrá acceder a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).

No obstante este criterio objetivo y generalizado, las sentencias hacen especial mención a dos aspectos que también deben tenerse en cuenta para valorar la buena fe del deudor: el control de oficio por parte del juez del procedimiento y el deber de transparencia.

1. El control de oficio del juez sobre la buena fe del deudor

El Tribunal Supremo establece que el juez del concurso debe verificar de oficio si concurren o no las causas de exclusión y, por tanto, de incumplimiento del requisito de la buena fe previstas en el artículo 487 del TRLC, incluso cuando ningún acreedor formule oposición a la exoneración.

2. El deber de transparencia del deudor

Las sentencias insisten en que el deudor asume una auténtica carga activa de información. Esto significa que no es suficiente presentar una relación simplificada de los bienes y de las deudas, sino que también es necesario justificar adecuadamente la situación económica.

En concreto, el deudor deberá acreditar, entre otros aspectos:

  • la relación de sus bienes;
  • la relación de sus deudas;
  • el origen de las deudas;
  • las circunstancias económicas concurrentes;
  • las razones detalladas que han conducido a la situación de insolvencia.

En definitiva, la transparencia pasa a tener una importancia clave para determinar la buena fe del deudor.

Conclusiones: ¿qué implica hoy ser un deudor de buena fe?

La evolución normativa y jurisprudencial de 2026 ha transformado radicalmente el concepto de buena fe en el ámbito concursal. Para ser exactos, mientras que el modelo anterior partía de la idea del deudor honesto, permitiendo a cada juez valorar el alcance de la buena fe del deudor según su propio criterio, mayoritariamente de forma flexible, la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha configurado un sistema basado en criterios más objetivos, verificables y sujetos a un control judicial mucho más intenso.

En consecuencia, los procedimientos concursales de persona física exigen, a día de hoy, una preparación documental mucho más rigurosa, siendo imprescindible no solo acreditar la insolvencia, sino también una conducta plenamente transparente, compatible con el concepto de buena fe actual.

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