¿Qué trabajadores no pueden acogerse a la reducción de jornada de 37,5 horas semanales?
Laboral
Con la nueva reforma laboral prevista por el Gobierno español, la jornada máxima se reducirá de las 40 horas actuales a 37,5 horas semanales. Esta medida será progresiva y afectará a millones de trabajadores antes del 31 de diciembre de 2025. No obstante, no todos los empleados podrán beneficiarse inmediatamente de este cambio.
Conocer las excepciones es clave para las empresas a la hora de aplicar correctamente la normativa y evitar conflictos laborales.
¿Qué colectivos quedan excluidos de la reducción de jornada a 37,5 horas semanales?
- Trabajadores con reducción de jornada ya reconocida
Personas que ya tienen una jornada reducida por cuidado de los hijos, familiares dependientes o situaciones especiales no pueden sumarse automáticamente a la nueva jornada.
Mantendrán su jornada especia hasta el 31 de diciembre de 2026, momento en que podrán optar a adaptarse al nuevo régimen si lo desean.
- Contratos con jornada inferior a 37,5 horas
No se modifica nada para contratos parciales con menos horas. Solo se aplica si se supera este límite, caso en que la jornada puede ser considerada completa igualmente.
- Trabajadores de convenios con acuerdos específicos
Si el convenio colectivo ya establece una jornada inferior o diferente, la norma general no afecta de manera directa. Será necesario negociar adaptaciones caso por caso.
- Ciertos sectores con regulación propia
Algunos ámbitos como la hostelería, sanidad, servicios de emergencia o transportes pueden quedar temporalmente excluidos o adaptar gradualmente los horarios según su actividad operativa.
En caso de que la empresa no lo tenga en cuenta puede correr varios riesgos: mal entendidos con los trabajadores que pidan el cambio antes de tiempo, reclamaciones por discriminación si se aplica de manera desigual, o sanciones por parte de Inspección de Trabajo por incumplimiento de los plazos de adaptación.
Buenas prácticas para las empresas en la implementación de la reducción de jornada a 37,5 horas semanales
- Identificar colectivos no afectados e informarlos claramente.
- Adaptar el registro horario digital para reflejar las excepciones. Contacta con nosotros si necesitas conocer una herramienta para el registro horario.
- Revisar los convenios colectivosy acuerdos internos antes de hacer cambios.
- Comunicar con transparencia el calendario de aplicación y los límites legales.
- Disponer de un equipo especializado en gestión laboral.Contacta con nosotros.