IVA de facturas impagadas y deterioro de clientes: ¿cómo deben coordinarse?
IVA
Las empresas pueden recuperar el IVA de las facturas impagadas y deducir el deterioro del crédito, pero es necesario coordinar adecuadamente ambas actuaciones para evitar errores contables.
Cuando un cliente no paga una factura, las empresas disponen de dos vías para reducir el impacto fiscal del impago: por un lado, pueden recuperar el IVA repercutido e ingresado en Hacienda; por otro, pueden registrar contablemente un deterioro del crédito y deducir su importe en el Impuesto sobre Sociedades.
No obstante, la aplicación conjunta de ambas medidas requiere una correcta coordinación contable para evitar que se registren deterioros superiores a los que realmente corresponden.
Rectificación del IVA y deterioro del crédito: procedimiento general
En los casos habituales, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa, como que el crédito no esté avalado ni garantizado, la empresa puede rectificar la factura y recuperar el IVA una vez transcurridos seis meses o un año desde la fecha de la operación.
Mediante esta rectificación, el IVA inicialmente repercutido pasa a constituir una menor cuota de IVA repercutido en la declaración periódica correspondiente, lo que permite recuperar el importe ingresado.
Paralelamente, si a 31 de diciembre han transcurrido al menos seis meses desde la fecha de vencimiento de la factura, la empresa puede registrar contablemente una pérdida por deterioro del crédito y deducir su importe en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que se cumplan los requisitos fiscales aplicables.
Como habitualmente la rectificación del IVA se produce antes del cierre contable del ejercicio, lo más frecuente es que el deterioro se registre después de haber recuperado el impuesto.
Contabilización del saldo pendiente tras recuperar el IVA
En estos supuestos, es importante comprobar que, al rectificar la factura, se ha reducido el saldo pendiente del cliente por el importe del IVA recuperado.
Una vez que la empresa ha recuperado este impuesto ante Hacienda, ya no puede reclamarlo al cliente moroso. Por tanto, el saldo deudor que figura en la contabilidad solo debe incluir el importe principal de la operación, sin IVA.
Particularidades de las grandes empresas en la recuperación del IVA
La situación es diferente en las empresas con una cifra anual de negocios superior a 6.010.121,04 euros.
En estos casos, la normativa obliga a esperar un año desde el devengo de la operación para poder recuperar el IVA, sin posibilidad de anticipar la rectificación a los seis meses.
Esta circunstancia provoca que, al cierre del ejercicio, la empresa pueda tener saldos de clientes que ya cumplen los requisitos para registrar un deterioro, pero respecto de los cuales todavía no ha podido recuperar el IVA.
El deterioro incluye inicialmente el IVA
Cuando hayan transcurrido más de seis meses desde el vencimiento de la factura, la empresa podrá registrar el deterioro del crédito aunque todavía no haya recuperado el IVA.
En este caso, el deterioro debe calcularse sobre el importe total pendiente de cobro, incluido el IVA.
Posteriormente, cuando se cumpla el plazo de un año y pueda rectificarse la factura, la empresa recuperará el impuesto y deberá efectuar dos ajustes contables simultáneos:
Reducir el saldo pendiente del cliente por el importe del IVA recuperado.
Registrar un ingreso por ese mismo importe.
Este ingreso compensará parcialmente el gasto por deterioro registrado en el momento del cierre del ejercicio.
Ejemplo práctico: deterioro de un cliente con IVA pendiente de recuperar
Una empresa con una facturación superior a 6.010.121,04 euros entrega mercancías el 12 de abril de 2026 por un importe de 20.000 euros más 4.200 euros de IVA, con vencimiento el 12 de mayo de 2026.
Si a 31 de diciembre de 2026 la factura continúa impagada, la empresa podrá registrar un deterioro por el importe total pendiente de cobro, es decir, 24.200 euros, siempre que se cumplan los requisitos contables y fiscales correspondientes.
Si el 13 de abril de 2027 la factura sigue sin cobrarse, podrá rectificarla y recuperar los 4.200 euros de IVA. En ese momento, deberá reducir el saldo del cliente de dudoso cobro hasta los 20.000 euros correspondientes exclusivamente al principal de la deuda y registrar un ingreso de 4.200 euros que compense el deterioro previamente reconocido.
Evitar deterioros excesivos
Los expertos recuerdan que, cuando se recupera el IVA de una factura impagada, es imprescindible reducir el saldo pendiente del cliente en la misma cuantía. De este modo, se evita mantener contabilizado un deterioro superior al que realmente corresponde y se garantiza una correcta imagen contable y fiscal de la empresa.
En Grup Carles podemos ayudarte a revisar los efectos fiscales y contables derivados de los impagos y a aplicar correctamente los procedimientos de recuperación del IVA y deterioro de créditos.
Una gestión adecuada de estos procesos contribuye a reducir riesgos y a optimizar la situación financiera de la empresa.



