El reto de la conciliación laboral y familiar. Impacto y desafíos para empresas.
Conciliación laboral y familiarEl Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio ha introducido cambios importantes en materia de permisos laborales, ampliando los derechos de conciliación y garantizando la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el trabajo. Estas novedades han sido la respuesta necesaria a la Directiva Europea 2019/1158, que busca conciliar la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.
Así pues, se han modificado algunos permisos existentes. Por ejemplo, se amplía el permiso por matrimonio para las personas registradas como parejas de hecho, o bien el permiso por accidentes, enfermedades graves o intervenciones quirúrgicas, que pasa de 2 a 5 días e incluye ahora cónyuges, parejas de hecho y parientes hasta el segundo grado.
Asimismo, se crean nuevos derechos como el de ausencia por motivos familiares urgentes relacionados con personas convivientes y el permiso parental. Éste último es un derecho individual para cuidar a hijos y menores acogidos, de hasta 8 semanas hasta que el menor cumpla los 8 años.
También se han mejorado algunos aspectos de la solicitud de adaptación de jornada laboral, incluyendo ahora personas con necesidades de cuidado de hijos de más de 12 años y otras personas dependientes.
Por otra parte, el Decreto también incluye nuevas protecciones contra el despido, como su nulidad en ciertos casos. Sin embargo, sin embargo, a pesar de las mejoras, la aplicación de estas medidas puede ser fuente de conflictos y requerir una gestión eficiente por parte de las empresas.
No cabe duda de que nos encontramos ante una norma que ha introducido notables cambios, algunos de ellos pendientes de desarrollo reglamentario, o bien de lo que establezca la negociación colectiva. Se recomienda, por tanto, revisar los permisos y derechos relacionados que ya estaban regulados para analizar su impacto y, en su caso, la compatibilidad con la nueva regulación.
Es previsible que su aplicación práctica comporte un cierto aumento de los litigios, no sólo por la interpretación de algunos conceptos nuevos, sino porque es previsible el incremento de conflictos en la colisión de derechos en juego que tendrán que resolverse caso por caso , sin olvidar la primacía de los derechos de conciliación.
Esta situación requerirá un esfuerzo considerable de planificación y una buena gestión por parte de las empresas, que tendrán que atender cada solicitud respetando los procedimientos y obligaciones existentes y las que vayan surgiendo del desarrollo de las actuales, con el objetivo de asumir mejor el riesgo y justificar adecuadamente las limitaciones o aplazamientos, si es necesario, y diseñar planes alternativos frente a los distintos intereses que se presentarán.