5 pasos clave para elaborar y registrar el plan de igualdad de tu empresa

Plan de igualdad
ESCRITO POR Martí Pinyol i Illa
30 Jul, 2025 — 1 min
5 pasos clave para elaborar y registrar el plan de igualdad de tu empresa

El plan de igualdad es una obligación legal para todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras. Pero más allá de la exigencia legal, es una herramienta clave para construir un entorno laboral más justo y paritario.

Si tu empresa tiene entre 40 y 49 personas trabajadoras, es el momento ideal para empezar a prepararse, ya que anticiparte te ahorrará tiempo, presiones y posibles sanciones económicas.

En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, todos los puntos que debes tener en cuenta para hacerlo bien desde el principio: cálculo de plantilla, convocatoria sindical, diagnosis, auditoría retributiva y registro en el REGCON.

1. Cómo saber si el plan de igualdad es obligatorio para tu empresa

El plan de igualdad es obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras, pero ¿cómo se calcula?

Se debe contar toda la plantilla, independientemente del tipo de contrato: indefinidos, temporales, a jornada parcial, a jornada completa, fijos discontinuos... También se incluye:

  • Personal en excedencia.
  • Personal en suspensión de contrato con reserva del puesto (como maternidad o incapacidad temporal).
  • Personal con contrato de empresa temporal (cedidos en virtud de contratos de puesta a disposición).

El recuento debe realizarse dos veces al año: 30 de junio y 31 de diciembre.

2. Iniciar la negociación: convocar la representación legal de las personas trabajadoras (RLPT)

Si hay comité de empresa o delegados de personal:

Es necesario comunicar formalmente a la RLPT la voluntad de abrir la negociación del plan. Esta representación formará parte de la comisión negociadora.

Si no hay representación legal:

1. La empresa debe comunicarlo a los sindicatos más representativos del sector, que designarán una comisión sindical para participar en la negociación del plan de igualdad.

2. La convocatoria a los sindicatos debe ser formal (por escrito y registrada), siendo recomendable conservar la prueba de envío y la aceptación o rechazo por parte de los sindicatos.

3. Los sindicatos tendrán diez días hábiles para responder a la petición. Las empresas que no hayan recibido respuesta en el plazo establecido podrán registrar el plan de igualdad en el REGCON como "plan no acordado" (para más información consulta los planes de igualdad sin representación legal).

3. Creación de la comisión negociadora

Para iniciar oficialmente la negociación, es necesario constituir una comisión paritaria (empresa + parte social). Puntos clave:

  • Se debe firmar un acto de constitución.
  • Esta comisión es la única que puede negociar y aprobar el plan de igualdad.
  • Su composición y actos deben conservarse para el registro del plan.

4. Diagnóstico que contenga la auditoría retributiva

Todas las empresas que elaboren un plan de igualdad deben incluir en éste una auditoría retributiva. Ésta debe incluir:

  • Valoración de puestos de trabajo.
  • Análisis de otros factores que pueden producir diferencias retributivas: promoción, conciliación, brechas de género, etc.
  • Elaboración de un plan de acción para corregir desigualdades.

Importante: Es un requisito legal. La carencia de este documento puede invalidar el plan.

5. Registro en el REGCON

Una vez aprobado, el plan de igualdad debe registrarse obligatoriamente en el REGCON (Registro de planes de igualdad de las empresas).

Plazo: 15 días desde la firma del plan.

Documentación necesaria:

  • El plan completo firmado.
  • Acta de constitución de la comisión.
  • Acuerdo de aprobación del plan.
  • Diagnóstico y auditoría retributiva.

 

¿Necesitas ayuda para elaborar o registrar tu plan de igualdad? Contáctanos, en Grup Carles te ofrecemos asesoramiento personalizado para facilitar todo el proceso.