Externalización del arrendamiento de inmuebles se considera actividad económica
FiscalidadLa Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado recientemente que la gestión externalizada del arrendamiento de inmuebles no impide que esta actividad se considere económica. Es más eficiente contratar profesionales para la gestión de activos en lugar de tener un empleado dedicado. La calificación de una empresa como entidad empresarial o no te una importancia cabdal, ya que afecta varios aspectos económicos, como aplicación de las ventajas para pymes, exceptuando el impuesto sobre el patrimonio y la bonificación en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Consideración Fiscal del Arrendamiento de Inmuebles
Abordamos la importancia fiscal de considerar arrendamiento de inmuebles como actividad económica. Según la Dirección General de Tributos (DGT), externalizar la gestión de alquileres no impide que esta se considere una actividad económica a efectos del impuesto sobre sociedades (IS) y el importe sobre la renta de las personas (IRPF).
Fundamentos y Consideraciones Generales. Definición de actividad económica
El artículo 5 de la Ley 27/2014 (LIS) define la actividad económica como la gestión por cuenta propia de los medios de producción y recursos humanos para producir o distribuir bienes o servicios. En el caso de los arrendamientos de inmuebles, se considera actividad económica cuando se ocupa, al menos, una persona con contrato laboral a jornada completa para gestionar los arrendamientos.
Distinción entre Sociedades Patrimoniales y Sociedades con Actividad Económica
Esta definición permite diferenciar las sociedades meramente patrimoniales de aquellas en que la principal actividad de las cuales es el arrendamiento de inmuebles, con importantes implicaciones fiscales con aplicación de ventajas para pymes, excepto en el impuesto sobre el patrimonio y la bonificación en el impuesto sobre su sucesión y donación.
Externalización de la Gestión del Alquiler
Muchas entidades con patrimonios inmobiliarios significativos subcontratan la gestión a empresas especializadas en lugar de contratar directamente trabajadores para garantizar una gestión eficiente.
La DGT ha indicado que la externalización de la gestión no impide que el titular de los inmuebles desarrolle una actividad económica. En una consulta del 15-02-2024 (CV - 0090-24), se analizó el caso de una entidad con un patrimonio inmobiliario relevante que contrató a un gestor profesional externo para la gestión de sus arrendamientos.
En la consulta de la DGT (CV 0090-24) se indica que la entidad consultada pertenece a un grupo internacional con una cartera inmobiliaria de más de 720 millones de euros en activos y una superficie de 32.000 metros cuadrados, gestionada exclusivamente a través de la externalización. Las actividades incluyen asesoramiento y preparación de propuestas para la comercialización y alquiler, gestión de arrendamientos, asesoramiento en financiación, selección de agentes, conservación de documentación legal y cumplimiento de regulaciones locales. La DGT concluye que, a efectos del impuesto sobre sociedades, la externalización de la gestión no impide considerar que la entidad desarrolla una actividad económica, alineándose con las consultas previas como las V3859-16, V1606-17 i V1794-17.
Implicaciones fiscales y estratégicas
Sobre el Impuesto sobre Sociedades, la calificación correcta de la actividad como económica permite beneficiarse de tratamientos fiscales específicos, incluyendo ventajas en la determinación de la base imponible y la aplicación de deducciones y bonificaciones.
En el Impuesto sobre el Patrimonio, las sociedades con inmuebles arrendados como a principal activo pueden beneficiarse de la excepción En el impuesto sobre el patrimonio si cumplen los requisitos de actividad económica.
Finalmente, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la consideración de actividad económica puede influir en las bonificaciones aplicables en el impuesto sobre sucesiones y deducciones, relevante para la planificación sucesoria.
Recomendaciones Finales
Es recomendable que las entidades revisen su estructura de gestión de arrendamientos para asegurar que cumplen los requisitos para ser considerados como desarrolladores de una actividad económica. También es importante mantener una documentación exhaustiva que justifique las decisiones de externalización y la naturaleza económica de la actividad. Debido a la complejidad y las implicaciones fiscales, se recomienda contar con el asesoramiento fiscal y legal continuo para garantizar el cumplimiento normativo y optimizar la carga tributaria, ¡y desde Grup Carles podemos ayudarte!