¿Cómo tributan los premios de la lotería de Navidad?

Fiscalidad
ESCRITO POR Gerard Blanch i Llorens
22 Dic, 2023 — 3 min
¿Cómo tributan los premios de la lotería de Navidad?

Como cada año el día 22 de diciembre se celebra la lotería de Navidad, que está sometida al IRPF con un tipo de gravamen fijo del 20%. Esta misma tributación se aplica a premios de la ONCE, LA CRUZ ROJA y determinadas loterías autonómicas.

Normativa de la tributación premios de la lotería de Navidad

El origen de esta tributación especial fija del 20% aparece el 1 de enero de 2013, donde se somete a tributación de la SELAE (Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado), y que hasta 2013 se encontraban exentos. A lo largo de los años, el umbral ha ido variando hasta julio de 2018 cuando la cuantía exenta era de 2.500 € y 10.000 € hasta 2019. A partir de 2019, la cuantía exenta fue de 20.000, y ya el 1 de enero de 2020 la exención empezó a ser de 40.000 €.

La normativa establecida por estos premios, sea cual sea su naturaleza en el momento de su cobro, soportará una retención que practica la propia SELAE en el organismo pagador del premio, es decir, ya cobramos el premio neto de la impositiva correspondiente.

Debemos tener en cuenta la existencia de una exención de los primeros 40.000,00 €, es decir, para premios inferiores a esta cifra, no deberemos tributar nada, y para premios superiores, sólo deberemos tributar por el exceso de los 40.000,00€.

¿Cómo tributar los premios de la lotería de Navidad?

Desde nuestro servicio de consultoría de Grup Carles, os detallamos un ejemplo de cómo tributar los premios de la lotería de Navidad 

Pongamos por ejemplo que el premio de la lotería de Navidad son 400.000,00 € brutos. Se deberá tributar al 20% sobre 360.000,00 € (400.000,00 € - 40.000,00 €). Como resultado,  la entidad pagadora aplicará una retención de 72.000,00 € y, por tanto, recibiremos 328.000,00 € netos de impuestos.

¿Qué se debe tener en cuenta a la hora de tributar los premios de la lotería de Navidad?

Para tributar los premios de lotería nacional se debe tener en cuenta las diferentes participaciones o premios compartidos, ya que la exención de los premios de 40.000,00€ también se reparten entre las diferentes personas o entidades perceptoras del premio. 

Desde Grup Carles recomendamos ir a cobrar los premios a las entidades bancarias donde se identifiquen a los cobrados con nombre, apellidos y DNI. Por el contrario, existe el riesgo que la autoridad tributaria considere la entrada de dinero como una donación y pueda llegar a reclamar la tributación por impuesto sobre donaciones. 

Por otro lado, se debería tener en cuenta sobre los ciudadanos no residentes que hayan sido premiados y hayan cobrado el premio soportando la retención. Si te encuentras en este caso, contacta con uno de nuestros asesores para que te ayude a solicitar y gestionar la devolución de la retención del 20% del premio y la aplicación de las deducciones sobre la imposición internacional que pueda aplicarse en función de convenios vigentes entre España y su país.

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