Se aprueba la primera sentencia de anulación de impago de los contratos de alquiler
Legal¿Cómo funciona el seguro de impago en los contratos de alquiler?
El seguro de impago de alquiler protege los intereses del propietario, amparándolo ante el riesgo de impago y desperfectos ocasionados por el inmueble, así que el propietario de la vivienda suele ser quién lo subscribe y paga.
Sin embargo, es posible llegar a un acuerdo diferente. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), indica que las dos partes, arrendatario y arrendador, podemos pactar “cualquier tipo de garantía”, además de la fianza en metálico para garantizar el “cumplimiento de las obligaciones”. Por lo tanto, a pesar de que el propietario del inmueble figure como el tomador del seguro y abone la prima, puede negociar con el inquilino la posibilidad de repercutir con el pago o parte de este.
Sentencia favorable a la anulación de la cláusula sobre el seguro de impago en los contratos de alquiler
El pasado 25 de septiembre de 2024, al Juzgado de Primera Instancia e instrucción número siete de Parla, se aprobó la primera sentencia que declara nula una cláusula de seguro de impago de los contratos de alquiler.
El juez ha considerado que la Inmobiliaria que se encargaba de la gestión del inmueble, estaba trasladando el riesgo de su negocio a los inquilinos, allanado así una vulneración de sus derechos. Esta resolución ha comportado la eliminación de esta cláusula del contrato y la devolución de todas las cantidades abonadas hasta el momento, más los intereses. Esta cláusula hace asumir a “el arrendatario un gasto para pagar la prima de un seguro contratado por el arrendador y que beneficia el riesgo de forma exclusiva al arrendador, rompiendo el equilibrio y proporcionalidad entre los derechos y los deberes de las partes de una relación contractual”.
Una sentencia pionera y que abre la puerta a que miles de inquilinos puedan reclamar sus derechos.
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