Programa TU+1 2025: Ayudas a la contratación para autónomos y SLU sin trabajadores
Laboral
Si eres autónomo o tienes una SLU sin trabajadores, realizar la primera contratación puede parecer un salto demasiado grande. Las ayudas TU+1 están pensadas para acompañarte en este momento clave: te apoyan para que puedas crecer y, a la vez, favorecen la contratación indefinida de personas en situación de desempleo. Una oportunidad para que tu proyecto gane potencia y el mercado laboral también salga reforzado.
¿Cuál es el objetivo de la ayuda a la contratación "TU+1"?
El objetivo del Programa “Tu+1” es incentivar a las personas autónomas y las sociedades limitadas unipersonales (SLU), sin trabajadores/as a cargo, para que contraten a personas de manera indefinida (período mínimo de 18 meses).
Importe de la ayuda
La cuantía otorgada por la subvención para cada trabajador, contratado de forma indefinida a jornada completa, se fija en 21.762,00 euros.
¿Quién puede optar al programa Tu+1?
- Autónomos que no tengan personas asalariadas y que hayan sido dados de alta de forma ininterrumpida durante, al menos, un año antes de la presentación de la solicitud.
- Autónomos con uno o varios autónomos colaboradores, siempre que el contrato subvencionado no se formalice con ninguno de ellos.
- Sociedades limitadas unipersonales (SLU) constituidas por una persona física como socio único, sin asalariados a cargo, y que lleve inscrita en el Registro Mercantil al menos un año ininterrumpido antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Aspectos a tener en cuenta para beneficiarse de la ayuda
- Los beneficiarios deben contratar a un trabajador/a formalizando un contrato indefinido a jornada completa, durante un período mínimo temporal de dieciocho meses. En el supuesto de que se formalice un contrato de trabajo a tiempo parcial, éste no podrá ser inferior al 50% de la jornada de trabajo y la cuantía de la subvención se ajustará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo establecida.
- La contratación no puede llevarse a cabo hasta el día siguiente de la publicación de la resolución de otorgamiento y en un plazo máximo de 3 meses.
- La persona contratada debe estar en situación de paro e inscrita como demandante de empleo no ocupado (DONO) con jornada mínima del 50%.
- La persona contratada deberá realizar, obligatoriamente, uno de los cursos de formación gratuita dentro del catálogo formativo del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (on-line o presencial) dentro del período subvencionable de los 18 meses.
- La persona no puede ser empleada de la empresa en los 6 meses anteriores y no puede tener parentesco de hasta 2º grado con el administrador.
- Las personas trabajadoras autónomas pueden solicitar la ayuda para más de un contrato subvencionable, hasta un máximo de dos. Si solicitan la subvención para más de una persona, se resuelve en primer lugar la concesión de todos los primeros contratos solicitados y posteriormente la concesión de los sucesivos.
Convocatoria
Del 08/09/2025 al 25/09/2025.
¿Quieres tramitar la ayuda "TU+1"?
Desde Grup Carles te podemos ayudar a tramitar esta ayuda gracias a nuestros colaboradores. Contacta con nuestros expertos en subvenciones.