Tengo dos trabajos o más, ¿cómo puede afectar a mi jubilación?
Asesoramiento juridicolaboral¿Qué es el pluriempleo?
Cuando una persona está trabajando por cuenta ajena para dos o más empresas, se dice que está en situació de pluriempleo. También es posible trabajar como asalariado y, a la vez, por cuenta ajena, pero en este caso hablaríamos de pluriactividad y no de pluriempleo.
Por lo tanto, se entiende como pluriempleo la situación del trabajador por cuenta ajena que presta sus servicios profesionales a dos o más empresarios diferentes y en actividades que dan lugar a su alta obligatoria en un mismo régimen de la Seguridad Social.
En este supuesto, para determinar el límite máximo a aplicar, se distribuirá el límite máximo establecido con carácter general entre todos los sujetos de la obligación de cotizar en proporción a las retribuciones abonades a cada una de las empresas en que presta sus servicios el trabajador, sin que, respecto a las contingencias comunes, la fracción del límite máximo que se asigne en cada empresa o sujeto obligado pueda ser superior a la cuantía de la retribución abonada al trabajador. El límite mínimo se prorrateará también entre todas las empresas y otros sujetos con obligación de cotizar, en proporción a las retribuciones percibidas en cada una.
En cambio, la pluriactividad se entiende que es la situación del trabajador por cuenta propia o ajena a las actividades de las cuales dan lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes diferentes del sistema de la Seguridad Social.
¿Cuántas horas se pueden trabajar cada día?
Siguiendo el Estatuto de los Trabajadores, de media, no se puede trabajar más de ocho horas al día, pero este dato no hace referencia a cada puesto de trabajo. Es decir, no hay ningún límite legal de cuántas horas se puede trabajar al día si se hace para diferentes empresas, siempre que, no se trabaje más de ocho horas para cada uno de ellos.
Como excepción, se debe tener en cuenta que en el caso de los menores de edad no pueden hacer una jornada diaria superior a las ocho horas, independientemente de cuantos ocupadores tengan.
¿Cómo se cotiza el pluriempleo?
El hecho de trabajar para más de un ocupador implica que más de una persona está pagando por las mismas cotizaciones de un trabajador.
Se cotiza por cada uno de los salarios que recibes, pero hay un límite máximo que no puedes superar, y el 2024 está fijado en 4.720,50€ cotizados mensualmente.
Aunque por los trabajos el trabajador gane suficiente para cotizar más, en ningún caso se superará está cifra.
Cabe destacar que aunque el trabajador tenga más de un trabajo, no cotizará más de un día, sino que se considerará como una jornada.
¿Se debe comunicar el pluriempleo?
Es obligatorio para el trabajador y para la empresa comunicar la situación de pluriempleo de alguno de sus trabajadores en caso de que la suma de la cotización de las bases de ambas nominas supere la cotización a aplicar al trabajador. Excepto este caso, no es necesario que el trabajador comunique esta situación, salvo si existí alguna clausula en su contrato que indique que se impide al trabajador optar por el pluriempleo.
En muchos casos, el segundo ocupador deberá aplicar una retención de IRPF en la nómina menor a la cual se aplica cuando tiene un segundo Trabajo, y puede repercutir en la declaración de la renta del trabajador. Si te encuentras en situación de pluriempleo, tienes dudas sobre la cotización o las repercusiones que puede tener, contacta con nuestro equipo de abogados jurídico laborales para que puedan asesorarte.