La derivación de responsabilidad de las deudas tributarias al administrador social
LegalCuando una sociedad limitada tiene deudas con la hacienda pública, delante determinadas circunstancias, Hacienda puede derivar esta responsabilidad a los administradores sociales. En términos sencillos, Hacienda hace responsable y reclama directamente la deuda de la sociedad a sus administradores, que responderán con todo su patrimonio personal.
Es un mecanismo muy relevante y a tener en cuenta especialmente en los casos en que se decide dejar sociedades inactivas, pensando que no se puede reclamar la deuda a socios o administradores, por el hecho que se trata de sociedades de responsabilidad limitada y que solo responden de las deudas con el patrimonio social.
Pues bien, ante estas situaciones, la misma Agencia Tributaria puede declarar unilateralmente la empresa en quiebra, basándose en los datos que puede obtener directamente de sus bases o de colaboradores como los bancos o el Registro Mercantil. Con estos datos, declara que la sociedad se encuentra en una situación en la cual no puede hacer frente a sus deudas tributarias y, automáticamente, reclama estas deudas a los administradores sociales, pudiendo iniciar contra ellos los embargos que correspondan de su patrimonio privado.
¿Qué nos puede evitar esta derivación de responsabilidad?
Para evitar que los administradores respondan personalmente de las deudas tributarias de la sociedad, hay que empezar un procedimiento concursal antes de que Hacienda lleve a cabo la declaración unilateral de quiebra y la derivación de responsabilidad.
Otro aspecto a tener en cuenta, tal como ya explicamos en un artículo anterior, es que en los concursos de persona física que se tramitan por la ley de la segunda oportunidad, no se exoneran las deudas con Hacienda. Por eso es importante saber que, en los casos en que el concurso personal de los administradores sociales se tiene que presentar con posterioridad al concurso de la sociedad, si no se ha llevado a cabo esta derivación de responsabilidad de las deudas tributarias, la persona física podría ver cómo le exoneran todas las deudas. En cambio, si antes de presentar los concursos, la Agencia Tributaria declara unilateralmente la empresa en quiebra y ha derivado responsabilidad hacia el administrador, este ya responderá personalmente de las deudas tributarias y, por lo tanto, no los podrá considerar como exonerados con la ley de la segunda oportunidad.
En consecuencia, no solo es importante evitar esta derivación de responsabilidad para evitar que como administradores nos reclamen personalmente las deudas tributarias de la sociedad, sino que, además, si esto pasa no nos permitiría salir exonerados completamente de un procedimiento concursal de persona física (ley de la segunda oportunidad).
La conclusión más importante que hay que sacar, es que los administradores sociales tienen la responsabilidad de conocer al detalle la situación de endeudamiento de la sociedad y, más relevante, tienen que actuar rápidamente y en los plazos marcados por la ley ante una posible situación de insolvencia. Si te encuentras en esta situación o tienes dudas, contacta con nosotros.