DANA: Aprobadas las medidas urgentes por daños - RDL 6/2024 - Ámbitos administrativo, civil y mercantil
DANAEn el BOE del día 6 de noviembre, y con efectos desde el 7 de noviembre de 2024, se ha aprobado el Real decreto ley 6/2024 que introduce un paquete de medidas urgentes para mitigar los efectos de la DANA que, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, causó daños significativos en varias regiones de España, incluyendo la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña, Islas Baleares y Aragón.
Como consecuencia de las fuertes precipitaciones e inundaciones producidas el pasado 29 de octubre de 2024 debido a una DANA que afectó a la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña y, en menor medida, Illes Balears y Aragón, se adopta un primer paquete de medidas fiscales, económicas y sociales para hacer frente a los efectos devastadores que la DANA ha provocado en la vida de miles de personas, con el fin de afrontar y sufragar los distintos daños personales y materiales, y mitigar los severos impactos que esta catástrofe natural ha tenido en el ámbito socioeconómico.
Las zonas más afectadas han sido, en la provincia de Valencia, la zona de Utiel-Requena, l´Horta Sud, la Ribera Alta y Baja y la Comarca de los Serranos; en Albacete, el municipio de Letur; en Cuenca, el municipio de Mira; y en Andalucía, diversos puntos de las provincias de Málaga, Almería, Granada, Sevilla, Huelva y Cádiz, recogidas en el anexo de la norma.
A continuación, resumimos las principales previsiones de la norma en el ámbito administrativo, civil y mercantil:
1. Medidas de apoyo por daños personales y materiales
1.1 Ayudas por fallecimiento o incapacidad
En los casos de fallecimiento o incapacidad por la DANA, se otorgarán ayudas de hasta 72.000 euros, sin necesidad de demostrar dependencia económica.
1.2 Compensación por daños en vivienda y enseres
La norma establece compensaciones por daños en viviendas con cantidades que van desde 10.320 euros por daños en enseres de primera necesidad hasta 60.480 euros por destrucción total de la vivienda. La documentación para acreditar la titularidad de la vivienda es flexible y permite el uso de informes periciales municipales. También se elimina el límite de ingresos anuales para recibir estas ayudas en casos de destrucción o daño.
1.3 Subvenciones para establecimientos comerciales
Los negocios industriales, comerciales y de servicios afectados podrán recibir hasta un 7% de los daños indemnizables, con un tope de 36.896 euros.
Plazo para solicitar ayudas
El periodo para solicitar estas ayudas es de dos meses, hasta el 7 de enero de 2025, garantizando que los afectados tengan suficiente tiempo para recopilar documentación y tramitar sus solicitudes.
2. Medidas para corporaciones locales
2.1 Cobertura de Gastos de emergencia
Las corporaciones locales podrán cubrir hasta el 100% de los gastos de emergencia relacionados con la DANA, aunque quedan excluidas las infraestructuras bajo competencia del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Sin embargo, no se financiarán labores realizadas con recursos propios de la corporación ni el coste de personal de bomberos, policía local y protección civil.
2.2 Proyectos de reconstrucción
El Ministerio podrá otorgar subvenciones a entidades locales para proyectos de reparación y reconstrucción de infraestructuras públicas, apoyando así la restauración de los servicios básicos y comunitarios en las áreas afectadas.
2.3 Eliminación de franquicia para pequeñas empresas
Para agilizar las indemnizaciones, la norma elimina la franquicia del seguro de riesgos extraordinarios para empresas con ingresos netos anuales de hasta 6 millones de euros, lo que facilita un acceso rápido a los fondos necesarios para iniciar la reconstrucción.
3. Línea de avales para hogares, empresas y autónomos
3.1 Fondo de avales de 5.000 millones de euros
Se establece una línea de avales por un valor de hasta 5.000 millones de euros para financiar a familias, empresas y autónomos afectados. Estos avales están respaldados por el Ministerio de Economía y se asignarán siguiendo las normativas de la Unión Europea en ayudas de Estado, con posibilidad de ampliación hasta el 31 de diciembre de 2025.
3.2 Garantías para acceder a avales
Para garantizar que los fondos se destinen a la recuperación, se establece un régimen de garantías y cobranza, que incluye la posibilidad de utilizar indemnizaciones de seguros y otras ayudas como garantía en la financiación.
4. Suspensión de obligaciones de pago en préstamos
4.1 Suspensión de intereses y principal en préstamos y créditos
Las personas físicas y jurídicas afectadas por la DANA, con ingresos inferiores a 6 millones de euros y préstamos garantizados sobre inmuebles en zonas afectadas, podrán suspender los pagos de intereses y principal. Esta medida también beneficia a autónomos y a sectores agrícolas, pesqueros y forestales, proporcionando una pausa financiera crítica.
4.2 Inclusión de contratos de arrendamiento financiero y circulante
La suspensión de pagos se extiende a contratos de arrendamiento financiero y créditos para financiamiento de circulante, cubriendo así un amplio espectro de obligaciones financieras y reduciendo la carga económica de los afectados.
5. Medidas en el àmbito judicial, notarial y registral
5.1 Suspensión de plazos procesales
Desde el 30 de octubre hasta el 10 de noviembre de 2024, se suspenden los plazos procesales en todos los órdenes jurisdiccionales en la provincia de Valencia. Sin embargo, se establecen excepciones en procedimientos penales y en procedimientos urgentes para evitar daños irreparables.
5.2 Asistencia notarial para recuperar documentación
Para apoyar a los afectados en la recuperación de documentación destruida, los notarios podrán prestar servicios de manera gratuita en actos notariales urgentes y telemáticos en las zonas afectadas. Los notarios de otros colegios podrán ser habilitados para actuar en la Comunitat Valenciana bajo la supervisión del Colegio Notarial de Valencia.
5.3 Acceso a los servicios registrales
El Colegio de Registradores emitirá gratuitamente notas de localización de patrimonio inmobiliario o de bienes para aquellos que hayan perdido documentación. También se publicará información específica en el Geoportal Registradores sobre las zonas afectadas, asegurando un acceso equitativo y sin coste a estos servicios.
5.4 Suspensión de plazos de prescripción y caducidad
Los plazos de prescripción y caducidad quedan suspendidos para los derechos y acciones de personas domiciliadas en municipios afectados o que se deban ejercer en partidos judiciales afectados. Esta medida evita que los afectados pierdan sus derechos por razones fuera de su control.
6. Medidas de protección al consumidor
6.1 Suspensión de plazos para el derecho de desistimiento
Desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, se suspenden los plazos para ejercer el derecho de desistimiento y otros derechos contractuales en las zonas afectadas, protegiendo a los consumidores que no puedan acceder a bienes y servicios por la situación extraordinaria.
6.2 Exoneración de presentación de documentación
En casos donde la documentación es irrecuperable, los consumidores podrán ejercer sus derechos sin necesidad de presentar documentos imposibles de obtener debido a la DANA.
RESUMEN:
Principales medidas en el ámbito administrativo, civil y mercantil por los daños causados por la DANA
MEDIDA | DESCRIPCIÓN | PERIODO APLICABLE |
Ayudas por fallecimiento/incapacidad | Compensación de hasta 72.000 euros por fallecimiento/incapacidad. | Desde la publicación del RDL |
Compensación por daños en vivienda/enseres | Hasta 60.480 euros por destrucción de vivienda, sin límite de ingresos. | Desde la publicación del RDL |
Subvenciones para establecimientos | Subvención de hasta el 7% de daños para negocios, con tope de 36.896 euros. | Desde la publicación del RDL |
Cobertura de gastos para corporaciones | Hasta el 100% de gastos de emergencia, excluyendo infraestructuras nacionales. | Desde la publicación del RDL |
Línea de avales para hogares/empresas | Avales de hasta 5.000 millones de euros para afectados, con garantías. | Hasta el 31 de diciembre de 2025 |
Suspensión de pagos en préstamos | Suspensión de pagos de intereses y principal para préstamos y créditos de afectados, cubriendo también arrendamientos financieros. | Desde la publicación del RDL |
Suspensión de plazos procesales en Valencia | Suspensión de plazos procesales en todos los órdenes jurisdiccionales de la provincia, con excepciones. | 30 de octubre al 10 de noviembre de 2024 (prorrogable) |
Asistencia notarial gratuita | Notarios habilitados y gratuitos para actos urgentes y recuperación de documentación en la Comunitat Valenciana. | Desde la publicación del RDL |
Suspensión de prescripción y caducidad | Suspensión de prescripción y caducidad de acciones y derechos para afectados en zonas siniestradas. | Durante la suspensión de plazos procesales |
Protección del derecho de desistimiento | Suspensión de plazos para el derecho de desistimiento hasta el 31 de enero de 2025 para consumidores en áreas afectadas. | 29 de octubre de 2024 al 31 de enero de 2025 |