Controles ambientales iniciales y periódicos en Cataluña: qué debe saber tu empresa

Sostenibilidad
ESCRITO POR Laura Bordes i Altisent
24 Sep, 2025 — 2 min
 Controles ambientales iniciales y periódicos en Cataluña: qué debe saber tu empresa

En Cataluña, la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades, establece el régimen jurídico aplicable a las actividades con incidencia ambiental, diferenciándolas en función de su impacto potencial y regulando los controles necesarios para garantizar su cumplimiento.

En este artículo te explicamos qué controles ambientales deben superarse y qué consecuencias puede tener su incumplimiento.

Control ambiental inicial

Después de obtener la autorización o licencia ambiental, la actividad no puede iniciarse hasta superar el control ambiental inicial.

Este control, efectuado por una entidad colaboradora de la Administración (ECA), tiene como objetivo verificar que las instalaciones y equipos corresponden al proyecto autorizado y cumplen con todas las condiciones técnicas y ambientales impuestas.

Sólo con un resultado favorable la actividad puede iniciar su funcionamiento.

Controles periódicos: ¿cuándo y cómo deben hacerse?

La Ley 20/2009 establece la periodicidad de los controles ambientales en función del grado de afectación al medio ambiente:

  • Anexo I (actividades de incidencia ambiental alta – autorización ambiental integrada): Controles periódicos cada 4 años para la mayor parte de actividades. En el caso de instalaciones con afectaciones especiales (emisiones a la atmósfera, vertidos a aguas, etc.), la frecuencia puede reducirse a 2 años.
  • Anexo II (actividades de incidencia ambiental moderada – licencia ambiental municipal): Controles periódicos cada 6 años, aunque los ayuntamientos pueden establecer intervalos más cortos en función de las características de la actividad.
  • Anexo III (actividades con incidencia ambiental baja - comunicación ambiental): No tienen obligación de controles periódicos por parte de una ECA, pero pueden ser objeto de inspecciones puntuales de la Administración.

Importante: es responsabilidad exclusiva de la empresa cumplir con los plazos establecidos. La Administración no está obligada a recordarlos ni requerirlos previamente, por lo que el cumplimiento puntual es un deber legal de la actividad.

Consecuencias del incumplimiento

La falta de realización de los controles iniciales o periódicos, o la detección de incumplimientos graves, puede comportar consecuencias significativas para la empresa titular de la actividad:

  • Suspensión o caducidad de la licencia o autorización ambiental.
  • Sanciones económicas, que pueden alcanzar los 300.000 € en infracciones muy graves.
  • Obligación de medidas correctoras inmediatas y posibles responsabilidades adicionales en caso de daños en el medio ambiente.
  • Cierre temporal o definitivo de la actividad, en supuestos de riesgo grave para las personas o el medio ambiente.

Conclusiones

Los controles iniciales y periódicos son una pieza clave del sistema de prevención y control ambiental en Cataluña. No sólo garantizan el cumplimiento normativo, sino que también protegen al medio ambiente y aseguran unas condiciones adecuadas de seguridad y salud pública.

Para las empresas, mantenerse al día con estos controles es una obligación legal inexcusable, pero además es una inversión en seguridad, sostenibilidad y reputación empresarial.